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Información General

AYUDAS ECONOMICAS PARA EL MANTENIMIENTO DE LA ACTIVIDAD


Convocatoria de Ayudas económicas para el mantenimiento de la actividad de los sectores del comercio minorista y de la hostelería y agencias de viaje

 

La Junta de Andalucía pone en marcha unas ayudas, dirigidas a paliar el impacto derivado de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 sobre las PYMES de Andalucía. En concreto las ayudas se concretan en una subvención de 1.000 euros a las personas que resulten beneficiarias.

 

Las subvenciones previstas en la convocatoria están dotadas de 26.400.000 de euros y 19.700.000 euros para la línea 1 y 2 respectivamente, que se distribuirán a razón de 1.000 euros por beneficiario.

 

Beneficiarios

 

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las personas PYMES con domicilio fiscal en Andalucía que estén dadas de alta a fecha 14 de marzo de 2020 manteniendo el alta hasta la fecha de la solicitud y que además:

  •  Realicen su actividad conforme a algún epígrafe de los incluidos en el anexo de la convocatoria.
  •  Demuestren una caída del 20% de sus ventas e ingresos en el segundo trimestre de 2020 con respecto al segundo trimestre de 2019, esto se demuestra mediante la caída en el importe del modelo 303 de IVA trimestral.
  •  En el caso de sociedades que no vengan en situación de crisis derivada del ejercicio 2019, para ello los Fondos Propios no deben ser inferiores al Capital Social en la declaración del Impuesto sobre Sociedades del 2019.
  •  Que se encuentren al corriente en TODAS SUS OBLIGACIONES con la Seguridad Social y con Hacienda.

 

Régimen de concurrencia no competitiva.

Esto supone que las solicitudes serán valoradas por orden de llegada a la Junta lo que supone que las primeras solicitadas serán las que reciban la subvención.

Lugar y plazo de presentación de solicitudes.

La solicitud será telemática desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en la Junta de Andalucía, que aún no se ha realizado y en un plazo de 30 días desde ese.

Es requisito indispensable tener certificado digital en vigor para la tramitación de la solicitud.

 
 

DOCUMENTACIÓN A APORTAR CON LA SOLICITUD:

  • Escrituras donde venga el poder de representación en caso de sociedades.
  • Modelo 303 del segundo trimestre de 2019 y 2020.
  • En caso de sociedades Modelo 200 de 2018 y 2019.
  • En caso de comunidades de bienes Modelo 184 de los ejercicios 2018 y 2019.

 

Convocatoria de Ayudas económicas para el para el mantenimiento de la actividad de los sectores del comercio minorista y de la hostelería y agencias de viaje

 

La Junta de Andalucía pone en marcha unas ayudas, dirigidas a paliar el impacto derivado de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 sobre las PYMES de Andalucía. En concreto las ayudas se concretan en una subvención de 1.000 euros a las personas que resulten beneficiarias.

 

Las subvenciones previstas en la convocatoria están dotadas de 26.400.000 de euros y 19.700.000 euros para la línea 1 y 2 respectivamente, que se distribuirán a razón de 1.000 euros por beneficiario.

 

Beneficiarios

 

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las personas PYMES con domicilio fiscal en Andalucía que estén dadas de alta a fecha 14 de marzo de 2020 manteniendo el alta hasta la fecha de la solicitud y que además:

  •  Realicen su actividad conforme a algún epígrafe de los incluidos en el anexo que se indica al final.
  •  Demuestren una caída del 20% de sus ventas e ingresos en el segundo trimestre de 2020 con respecto al segundo trimestre de 2019, esto se demuestra mediante la caída en el importe del modelo 303 de IVA trimestral.
  •  En el caso de sociedades que no vengan en situación de crisis derivada del ejercicio 2019, para ello los Fondos Propios no deben ser inferiores al Capital Social en la declaración del Impuesto sobre Sociedades del 2019.
  •  Que se encuentren al corriente en TODAS SUS OBLIGACIONES con la Seguridad Social y con Hacienda.

 

Régimen de concurrencia no competitiva.

Esto supone que las solicitudes serán valoradas por orden de llegada a la Junta lo que supone que las primeras solicitadas serán las que reciban la subvención.

Lugar y plazo de presentación de solicitudes.

La solicitud será telemática desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en la Junta de Andalucía, que aún no se ha realizado y en un plazo de 30 días desde ese.

Es requisito indispensable tener certificado digital en vigor para la tramitación de la solicitud.

 

 

 

DOCUMENTACIÓN A APORTAR CON LA SOLICITUD:

  • Escrituras donde venga el poder de representación en caso de sociedades.
  • Modelo 303 del segundo trimestre de 2019 y 2020.
  • En caso de sociedades Modelo 200 de 2018 y 2019.
  • En caso de comunidades de bienes Modelo 184 de los ejercicios 2018 y 2019.

 

 

PEREZ PORTERO ASESORES S.L.

 

Montilla, 13 de enero de 2021

 

 


 



Creado el 15-01-2021 por Jose Morales Carmona





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