Convocatoria de Ayudas económicas para mantenimiento de la actividad de determinados sectores económicos.
La Junta de Andalucía pone en marcha unas ayudas, dirigidas a paliar el impacto derivado de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 sobre los Autónomos de Andalucía.
Las subvenciones previstas en la convocatoria están dotadas de 80.000.000 de euros, que se distribuirán a razón de 1.000 euros por beneficiario. (Esto supone que en toda Andalucía recibirán la subvención, en principio, un total de 80.000 autónomos) y se concederán por orden de llegada.
Beneficiarios
Personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos con domicilio fiscal en Andalucía que cumplan los siguientes requisitos:
- Estuvieran dadas de alta como autónomas el 14 de marzo de 2020 y se hayan mantenido de alta.
- Su actividad se encuentre en alguno de los CNAE que se relacionan al final del escrito.
- No sean beneficiarias de la prórroga de la prestación por cese de actividad de autónomos.
- Podrán ser beneficiarios los autónomos comuneros.
- Mantener el alta en autónomo 3 meses desde el dia siguiente al plazo para presentar la solicitud.
Se excluyen expresamente los autónomos societarios que no podrán ser beneficiarios.
Lugar y plazo de presentación de solicitudes.
La solicitud será telemática desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en la Junta de Andalucía, que aún no se ha realizado.
Es requisito indispensable tener certificado digital en vigor para la tramitación de la solicitud
Relación de CNAE de actividades que los pueden solicitar:
Convocatoria de Ayudas económicas para mantenimiento de la actividad de determinados sectores económicos.
La Junta de Andalucía pone en marcha unas ayudas, dirigidas a paliar el impacto derivado de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 sobre los Autónomos de Andalucía.
Las subvenciones previstas en la convocatoria están dotadas de 80.000.000 de euros, que se distribuirán a razón de 1.000 euros por beneficiario. (Esto supone que en toda Andalucía recibirán la subvención, en principio, un total de 80.000 autónomos) y se concederán por orden de llegada.
Beneficiarios
Personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos con domicilio fiscal en Andalucía que cumplan los siguientes requisitos:
- Estuvieran dadas de alta como autónomas el 14 de marzo de 2020 y se hayan mantenido de alta.
- Su actividad se encuentre en alguno de los CNAE que se relacionan al final del escrito.
- No sean beneficiarias de la prórroga de la prestación por cese de actividad de autónomos.
- Podrán ser beneficiarios los autónomos comuneros.
- Mantener el alta en autónomo 3 meses desde el dia siguiente al plazo para presentar la solicitud.
Se excluyen expresamente los autónomos societarios que no podrán ser beneficiarios.
Lugar y plazo de presentación de solicitudes.
La solicitud será telemática desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en la Junta de Andalucía, que aún no se ha realizado.
Es requisito indispensable tener certificado digital en vigor para la tramitación de la solicitud
Relación de CNAE de actividades que los pueden solicitar:
|