LAS COMUNIDADES DE PROPIETARIOS Y LA LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS.
Hay muchas Comunidades de Propietarios que aún desconocen que deben de tener al día las obligaciones que la Ley 15/1999 les impone en tema de Protección de Datos, que es la misma que cualquier organización que maneje datos personales, y en este caso, como mínimo manejan los datos personales de los propios integrantes de la Comunidad, nombres, teléfonos, dirección, Documento Nacional de Identidad, dirección de correos electrónicos, números de cuentas etc. Y todo ello a pesar de que las mayorías de las Comunidades de Propietarios no poseen un centro organizativo donde se realicen las tareas de gestión, ni tengan equipos informáticos ni archivos, y los datos protejidos los tenga directamente el administrador.
La Ley hace responsable a la Comunidad de la obligación de cumplir la normativa sobre la protección de datos que es la propietaria del fichero, y no como piensan algunos que es el Administrador, este tiene otras obligaciones como encargado del Tratamiento de los datos que se le facilitan.
Deberán de determinar el tipo de datos que tiene en su poder, y a partir de estos datos valorar el nivel de seguridad que tienen que aplicar, recordamos que hay tres niveles de seguridad, BASICO, MEDIO Y ALTO, y cada unos tiene obligaciones distintas. Una vez evaluado los datos y aplicado el nieve de seguridad que le corresponda se procederá a la inscripción del fichero en la Agencia de Protección de Datos, que nos dará un numero de registro por cada fichero.
La Comunidad de Propietarios, como hemos dicho antes es la responsable del fichero y tendrán que adoptar las medidas técnicas y organizativas necesarias para preservar los datos que maneja en los ficheros registrados. Todo este protocolo de medidas de índole técnico y organizativo se deberá de plasmar en un documento, que se denomina documento de seguridad.
La Ley que regula la protección de datos considera infracción grave tener datos de carácter personal, sin su registro en la Agencia de Protección de Datos y sin las debidas condiciones de seguridad.
Las sanciones pueden ir desde 600 euros las más leves, hasta las más graves 601.000 euros.
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