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NUEVAS MEDIDAS FISCALES SOBRE LA FACTURA DE LA LUZ Y EL GASóLEO DE USO PROFESIONAL


Nuevas medidas fiscales sobre la factura de la luz y el gasóleo de uso profesional

RDL 12/2021,RDL 17/2021,RDL 29/2021 y RDL 6/2022

 

Medidas fiscales para rebajar la factura de la luz

Son tres los tributos que se ven afectados por las medidas aprobadas por el Real Decreto-ley 12/2021, de 24 de junio y el Real Decreto-ley 17/2021, de 14 de septiembre, y prorrogadas por el Real Decreto-ley 29/2021, de 21 de diciembre, y el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, en lo que al servicio de suministro de energía eléctrica se refiere: El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), cuyo tipo impositivo aplicable pasa del general del 21% al reducido 10% hasta el 30 de junio de 2022; el Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (IVPEE), que pasa del 7% al 0% durante el tercer y cuarto trimestre de 2021 y primer y segundo trimestre de 2022, y el Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE), que desde el 16 de septiembre hasta el 30 de junio de 2022, reduce su tipo impositivo del 5,1% al 0,5%, mínimo permitido por la Unión Europea.

  1. Aplicación del 10% de IVA desde el 26 de junio de 2021 hasta el 30 de junio de 2022 para todos los consumidores con potencia contratada hasta 10 kW, con independencia del nivel de tensión del suministro y la modalidad de contratación, siempre que el precio medio mensual del mercado mayorista de la electricidad esté por encima de los 45 euros por MWh.
  2. Aplicación del 10% de IVA a todos los consumidores perceptores del bono social de electricidad y tengan reconocida la condición de vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social, desde el 26 de junio de 2021 hasta el 30 de junio de 2022, con independencia de su potencia contratada y del precio del mercado.
  3. Suspensión del 7% del IVPEE (Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica) durante el tercer trimestre y cuarto trimestre de 2021 y el primer y segundo trimestre de 2022, lo que implica modificar el cómputo de la base imponible y de los pagos fraccionados regulados en la normativa de este tributo.
  4. Reducción del tipo impositivo del IIE (Impuesto Especial sobre la Electricidad) del 5,11269632% al 0,5%, hasta el 30 de junio de 2022.

Devolución mensual del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo de uso profesional

La disposición final 15ª del Real Decreto-ley 6/2022, modifica el artículo 8 de la Orden HAP/290/2013, por la que se establece el procedimiento para la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por consumo de gasóleo profesional, relativo a la devolución de cuotas por los suministros efectuados, habilitando la devolución mensual, en lugar de trimestral, del gasóleo profesional. Las solicitudes de devolución se presentarán en el mes natural siguiente a la finalización del mes sobre el que se solicita la devolución.

Exención del IRPF

La disposición final décima del Real Decreto-ley 6/2022, introduce una nueva disposición adicional 51ª en la Ley del IRPF, con efectos desde el 31 de marzo de 2022 y ejercicios anteriores no prescritos.

Se establece la exención del IRPF por las cantidades percibidas por los familiares de las víctimas del accidente del vuelo del Germanwings, GWI9525, acaecido el 24 de marzo de 2015, en concepto de responsabilidad civil, así como las ayudas voluntarias satisfechas a aquéllos por la compañía aérea afectada o por una entidad vinculada a esta última.

Tasas y cánones

Bonificación de tasas de buques

El artículo 23 del Real Decreto-ley 6/2022, establece que, entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2022, se aplicará una bonificación adicional del 80% de la cuota tributaria final, resultante de aplicarle otras bonificaciones que sean pertinentes, liquidada por las Autoridades Portuarias de Ceuta, Melilla, Baleares, Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife en concepto de tasa del buque (T-1) y tasa de la mercancía (T-3), para aquellas líneas y servicios marítimos que unan la península con los puertos gestionados por dichas Autoridades Portuarias.

Exención de tasas de pesca

El artículo 38 del Real Decreto-ley 6/2022, establece la exención de la tasa de la pesca fresca (T-4) durante un periodo de seis meses, desde el 31 de marzo de 2022, para el armador del buque o embarcación pesquera, y su sustituto, en el caso de que la pesca fresca acceda al puerto por vía marítima.

Exención de cánones de acuicultura

El artículo 39 del Real Decreto-ley 6/2022, establece una exención del canon de utilización de los bienes del dominio público hidráulico para instalaciones de acuicultura continental, durante un periodo de seis meses, para los titulares de instalaciones de acuicultura continental.



Creado el 31-03-2022 por Jose Morales Carmona





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