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SUBVENCIONES EMPRESAS

AYUDAS PARA LA MODERNIZACION DE PYMES COMERCIALES


 

AYUDAS PARA LA MODERNIZACIÓN Y AUMENTO DE LA COMPETITIVIDAD DE LAS PYMES COMERCIALES

 

Mediante Orden de 28 de agosto de 2017, se han aprobado las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para la modernización y

aumento de la competitividad de las pymes comerciales (Modalidad PYM) las cuales se ajustarán a lo establecido en la Orden de 5 de octubre de 2015.

 

La convocatoria y plazo de presentación de solicitudes al día de la fecha se encuentra pendiente de publicación en el BOJA.

 

Estas ayudas están destinadas a impulsar la transformación del pequeño y mediano comercio a través de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC), y su incorporación definitiva al ámbito digital.

Podrán ser solicitantes de las mismas las pequeñas y medianas empresas comerciales, ya sean empresarios individuales o sociedades, que ejerzan actividad comercial en la Comunidad Autónoma de Andalucía con establecimiento comercial permanente con al menos 6 meses ininterrumpidos de antigüedad a la fecha de inicio del plazo de presentación de las solicitudes para las empresas que soliciten proyectos del Tipo A y con establecimiento comercial permanente con al menos 3 años ininterrumpidamente de antigüedad para las empresas que soliciten proyectos del tipo B. En cualquier caso, el establecimiento deberá estar inscrito antes de la fecha de comienzo del plazo de presentación de solicitudes en el Registro de Comerciantes y Actividades Comerciales de Andalucía (RECA). La actividad principal del establecimiento se debe corresponder con el CNAE09, División 47 Comercio al por menor, excepto vehículos a motos y motocicletas.

 

Para ello se recogen dos tipos de proyectos:

A) Proyectos de incorporación o actualización de tecnologías de la Información y Comunicación que supongan mejoras en la gestión de la empresa, mayor presencia en Internet, marketing digital o incorporación al comercio electrónico, no pudiendo tener el proyecto por único objeto la renovación de las herramientas tecnológicas por la obsolescencia de las mismas, ni tampoco consistir exclusivamente en la adquisición de hardware, sino que deben mejorar la calidad de los servicios TIC que se presten. Pueden contemplar una o varias de las siguientes actuaciones a realizar en un único establecimiento comercial, con una cuantía máxima subvencionable de 6.000,00 Euros.

  • Implantación de software destinado a aplicaciones de contabilidad, facturación, almacén, automatización de las ventas o cualquier otro utilizado en un establecimiento comercial, subvencionable con un máximo de 2.000,00 euros.
  • Adquisición e implantación de equipamiento tecnológico del Terminal del Punto de Venta (hardware), subvencionable con un máximo de 2.500,00 euros.
  • Adquisición e implantación de equipamiento informático de sobremesa (hardware) subvencionable con un máximo de 2.500,00 euros.
  • Actuaciones de comunicación, publicidad y marketing en internet o utilizando las nuevas tecnologías (Escaparates virtuales interactivos, Cartelería digital, …) subvencionable con un máximo de 2.000,00 euros.
  • Diseño e implantación de una página web con información corporativa, catálogo de productos, aplicaciones para móviles, subvencionable con un máximo de 4.000,00 euros.
  • Diseño e implantación de sistemas de portales de ventas no presenciales (crear una tienda on-line), subvencionable con un máximo de 2.500,00 euros.

 

B) Proyectos de actualización, diversificación y expansión de la empresa comercial. No se contemplan simples reparaciones, ni obras de mantenimiento del local comercial, ni gastos de mantenimiento o mera sustitución del equipamiento o mobiliario comercial.Pueden contemplar una o varias de las siguientes actuaciones a realizar en un único establecimiento comercial por una cuantía máxima subvencionable de 15.000,00 euros.

  • La ampliación y reforma del establecimiento afecto a la actividad comercial o la ampliación y reforma de un establecimiento para la apertura de un segundo punto de venta, manteniendo el preexistente, subvencionable con un máximo de 15.000,00 euros.
  • La adquisición de equipamiento y mobiliario comercial del establecimiento o la adquisición de equipamiento y mobiliario comercial para la apertura de un segundo punto de venta, manteniendo el preexistente, subvencionable con un máximo de 12.000,00 euros.
  • Actuaciones de innovación y modernización de la imagen corporativa, interiorismo y escaparatismo destinadas a la mejora de la imagen del establecimiento, subvencionable con un máximo de 5.000,00 euros.

 

Cada empresa podrá solicitar un proyecto de cada una de las tipologías, distinguiéndose claramente en el formulario de solicitud.

El importe del presupuesto de cada actuación debe acreditarse con facturas proforma, sobre las cuales se calculará la aportación de la pyme con fondos propios y la subvención a conceder con los límites indicados anteriormente, no pudiendo ser en ningún caso superior al 75% del presupuesto.

 

Tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes:

Con carácter general serán subvencionables aquellos gastos que de manera indubitada respondan a la realización de la actividad subvencionada.

En particular, en los proyectos del tipo A, se contemplarán como costes elegibles:

  • Los gastos de adquisición de software y hardware y la instalación y puesta en marcha de los mismos.
  • Los gastos de diseño, creación e implantación de páginas web con o sin portal de ventas.
  • Los gastos de diseño e implementación de planes y campañas de marketing digital, posicionamiento on-line, comunicación en redes sociales y publicidad en internet.
  • La consultoría para el análisis de estos procesos y definición de las estrategias, la consultoría de implantación (adaptación de las herramientas a las necesidades de la PYME), la consultoría para la implantación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos y la Ley 32/2002, de 11 de lulio, de Servicios de la Sociedad de la Información, el entretenimiento del personal y la migración o carga de datos significativos para que sea operativa.

 

En particular en los proyectos tipo B, se contemplarán como costes elegibles:

  • En relación a la ampliación y reforma del establecimiento comercial, los gastos de mano de obra y materiales empleados.
  • Los gastos de adquisición e instalación de equipamiento y mobiliario comercial.
  • En relación a las actuaciones de innovación y modernización de la imagen corporativa, interiorismo y escaparatismo, los gastos de diseño, mano de obra y adquisición de materiales y equipamiento.

 

Quedan expresamente excluidos los siguientes conceptos:

  1. Con carácter general:
  • La compra e instalación de maquinaria y equipos de segunda mano
  • Los gastos corrientes en general
  • Los intereses de deuda
  • Los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales
  • Los gastos de procedimientos judiciales
  • La compra o adquisición de terrenos o de bienes inmuebles
  • El impuesto sobre el valor añadido, excepto cuando no sea recuperable conforme a la legislación nacional sobre el IVA.
  • La compra de material normalmente amortizable en un año

 

  1. En particular, en los proyectos de tipo A, quedan expresamente excluidos los siguientes gastos:
  • Los proyectos que consistan exclusivamente en la adquisición de hardware
  • Los gastos de alojamiento y dominio, los gastos de mantenimiento de TPV virtual y los derechos de uso de soluciones en la nube u otras licencias de uso.

 

  1. En particular, en los proyectos de tipo B, quedan expresamente excluidos los siguientes gastos:
  • Las reparaciones y obras de mantenimiento
  • La redacción de los proyectos de obra y la dirección facultativa de los mismos
  • Los gastos de seguridad y salud en obra
  • Los gastos de mantenimiento de las inversiones de reposición o mera sustitución de equipamiento o mobiliario comercial. Se entenderá como tales a efectos de esta orden las inversiones que se limiten a sustituir equipamiento existente, por uno nuevo sin que suponga una actualización, diversificación o expansión de la empresa comercial.

 

Si está interesado en alguna de estas actuaciones, no dude en consultarnos.



Creado el 13-09-2017 por LEONARDO ESPEJO MARQUEZ





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